Noticias de última hora

Maestros no pueden hablar temas personales con estudiantes


Santo Domingo-De acuerdo a la orden departamental número 22/2023, que establece el Código de Ética que regula las relaciones entre el personal docente, administrativo y los estudiantes en los centros educativos preuniversitarios, los maestros vinculados a la violación sexual de un menor pueden ser desvinculados sin ninguna indemnización.

Esto a propósito del reciente caso que vincula a varias personas de la escuela de Quisqueya, en San Pedro de Macorís, quienes están señalados de violar a una menor de 13 años, además de hacer silencio frente a este hecho.

De acuerdo a los detalles, hasta el momento hay cinco personas suspendidas de sus funciones, entre estos los dos maestros acusados de cometer el delito. Uno de estos hombres, Fernando Altagracia Peña Eusebia, se entregó a las autoridades.

El ministro de Educación, Ángel Hernández, destacó ayer al Listín Diario sus logros durante su gestión en el Minerd.

Ministro de Educación dice hay cinco personas suspendidas por violación a menor en escuela de SPM

Lea también

“Son causas para aplicar las sanciones sobre desvinculación las siguientes: Haber sido imputado por delitos contra la dignidad de las personas, su honor y su propiedad, tales como el acoso sexual, violaciones, abuso deshonesto y/o violencia intrafamiliar. Haber embarazado a una alumna o haber sido embarazada por un alumno. Resultar condenado por la comisión de un delito”, entre otros delitos, especifica el artículo 21 de esta pieza.

Además de esta sanción, este Código prohíbe que el docente o personal administrativo use calificativos que inciten a la discriminación contra el estudiante, por su inteligencia, su origen, su físico, religión, sexo, género, forma de expresarse, condición social o por ser persona con discapacidad.

De igual forma, solo se les permite a los maestros y al personal tener una relación académica.

“Ningún docente o personal administrativo puede relacionarse con los estudiantes en horario de recreo para tratar temas personales, salvo que se requiera alguna intervención o acompañamiento concreto, en beneficio de la salud integral de las/los estudiantes. Ningún personal docente o administrativo puede reunirse con estudiantes fuera del horario y el espacio escolar”, explica el artículo 10.

Asimismo, prohíbe que los maestros, de acuerdo a la orden departamental número 22/2023, que establece el Código de Ética que regula las relaciones entre el personal docente, administrativo y los estudiantes en los centros educativos preuniversitarios, los maestros vinculados a la violación sexual de un menor pueden ser desvinculados sin ninguna indemnización.

Esto a propósito del reciente caso que vincula a varias personas de la escuela de Quisqueya, en San Pedro de Macorís, quienes están señalados de violar a una menor de 13 años, además de hacer silencio frente a este hecho.

De acuerdo a los detalles, hasta el momento hay cinco personas suspendidas de sus funciones, entre estos los dos maestros acusados de cometer el delito. Uno de estos hombres, Fernando Altagracia Peña Eusebia, se entregó a las autoridades.

El ministro de Educación, Ángel Hernández, destacó ayer al Listín Diario sus logros durante su gestión en el Minerd.

Ministro de Educación dice hay cinco personas suspendidas por violación a menor en escuela de SPM

Lea también

“Son causas para aplicar las sanciones sobre desvinculación las siguientes: Haber sido imputado por delitos contra la dignidad de las personas, su honor y su propiedad, tales como el acoso sexual, violaciones, abuso deshonesto y/o violencia intrafamiliar. Haber embarazado a una alumna o haber sido embarazada por un alumno. Resultar condenado por la comisión de un delito”, entre otros delitos, especifica el artículo 21 de esta pieza.

Además de esta sanción, este Código prohíbe que el docente o personal administrativo use calificativos que inciten a la discriminación contra el estudiante, por su inteligencia, su origen, su físico, religión, sexo, género, forma de expresarse, condición social o por ser persona con discapacidad.

De igual forma, solo se les permite a los maestros y al personal tener una relación académica.

“Ningún docente o personal administrativo puede relacionarse con los estudiantes en horario de recreo para tratar temas personales, salvo que se requiera alguna intervención o acompañamiento concreto, en beneficio de la salud integral de las/los estudiantes. Ningún personal docente o administrativo puede reunirse con estudiantes fuera del horario y el espacio escolar”, explica el artículo 10.

Asimismo, prohíbe que los maestros utilicen las redes sociales y de toda herramienta tecnológica con una finalidad diferente a la formación académica.

El Código de Ética de Educación prohíbe también que los docentes o administrativo puede hacer regalos a los estudiantes.

“En la medida de las posibilidades, ningún docente debe impartir clases a un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o relación familiar cercana”, también especifica el artículo 10.

Este reglamento posee amonestaciones orales y escritas, dependiendo la falta que realice el docente o personal administrativo, pero también suspensiones por 30 días o definitivas. utilicen las redes sociales y de toda herramienta tecnológica con una finalidad diferente a la formación académica.

El Código de Ética de Educación prohíbe también que los docentes o administrativo puede hacer regalos a los estudiantes.

“En la medida de las posibilidades, ningún docente debe impartir clases a un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o relación familiar cercana”, también especifica el artículo 10.

Este reglamento posee amonestaciones orales y escritas, dependiendo la falta que realice el docente o personal administrativo, pero también suspensiones por 30 días o definitivas.

No hay comentarios