Santo Domingo.-
Como parte de las políticas que promueve el sector gubernamental, el Consejo
Nacional de la Seguridad Social (CNSS) aprobó una iniciativa que incrementa el
monto de dinero que reciben por subsidio a la
lactancia, las madres trabajadoras afiliadas al Régimen Contributivo del
Sistema Dominicano de Seguridad Social que dan a luz.
La ministra de
Trabajo y presidenta del CNSS, Maritza Hernández informó que la modificación al
artículo 14 del Reglamento sobre Subsidio por Maternidad y Subsidio por
Lactancia permitirá que las trabajadoras con salarios cotizables hasta el tope
de un (1) salario mínimo nacional, reciban un subsidio correspondiente al 33
por ciento de su sueldo mensual cotizable.
Precisó también,
que las mujeres con salarios cotizables hasta el tope de dos (2) salarios mínimos nacional, tendrán
subsidios correspondientes al 12 por ciento de su sueldo mensual cotizable,
además, las empleadas con un tope de salario hasta un tres (3) mínimo nacional,
le serán otorgados subsidios de un 6 por ciento, de su sueldo mensual
cotizable.
Sostuvo que la
iniciativa que fue presentada por la Superintendencia de Salud y Riesgos
Laborales (SISALRIL) se convierte en un alivio financiero a estas
familias, por cuanto, una madre que gane un salario de 12,000 pesos
recibiría 3,960 pesos de subsidio, durante el primer año de vida del niño o la
niña para soportar su alimentacion.
La funcionaria
señaló que la SILSALRIL determinará el salario mensual cotizable de la
trabajadora, tomando como base su última cotización correspondiente al mes
inmediatamente anterior al inicio del subsidio. El cálculo del salario mensual
cotizable se hará conforme a lo previsto en las normas vigentes en la materia
para fines de pago de las contribuciones al Seguro Familiar de Salud.
Maritza
Hernández indicó que la Resolución No.378-04 entrará en vigencia a partir del
día primero (1) de diciembre del presente año. La misma deroga la
disposición No.185-01 del 14/07/2008 en
lo que concierne a la disposición y cualquier resolución o normativa dictada
por el Consejo Nacional de la Seguridad Social, en todos los aspectos que le
sean contrarios.
Condiciones para
recibir el subsidio
La trabajadora
debe estar afiliada al Régimen Contributivo del Sistema Dominicano de Seguridad
Social y estar activa en nómina. Debe acreditar un período mínimo de cotización
de ocho (8) meses, comprendidos en los doce (12) meses anteriores a la fecha de
su alumbramiento o inicio de licencia (lo que ocurra primero).
No ejecutar
trabajo remunerado durante el período de Descanso por Maternidad o Licencia Pre
y Post Natal.
El subsidio por
lactancia es el pago en dinero para los hijos menores de un (1) año de las
trabajadoras afiliadas al Régimen Contributivo que perciban un salario menor o
igual a tres (3) salarios mínimos nacionales, equivalente a RD$ 29,565.00. A
partir del 1º de octubre de 2015 el salario mínimo cotizable es de RD$
9,855.00, en las condiciones y formas que para tales fines se establecen en el
Reglamento sobre Subsidio por Maternidad y Subsidio por Lactancia y su
modificación.
Consejo de Seguridad Social incrementa el subsidio por lactancia a recién nacidos
Reviewed by Leo Corniel
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