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Hacia una reforma constitucional con 18 leyes sin crear


Hay 71 leyes que ordena la Carta Magna aún pendientes, entre ellas la de referendo y la reforma del Código Penal

El proyecto de reforma constitucional que someterá el Poder Ejecutivo para dejar un Ministerio Público independiente y poner candado a la reelección presidencial encontrará a la República Dominicana con una deuda legislativa que no ha sido pagada en los últimos 14 años.

Son las disposiciones de reserva de ley de la Constitución de 2010 o “leyes complementarias”, un número importante de las 222 normativas que la Carta Sustantiva ordena crear o adecuar con el propósito de asegurar los derechos que ella misma expresa y garantizar una mejor democracia y funcionalidad de las instituciones.

Si bien es cierto que durante el actual gobierno el Congreso Nacional ha impulsado una serie de esas leyes -algunas estancadas en gestiones anteriores-, también lo es que hay 71 de esas piezas “sin ver la luz”, según las informaciones más recientes. De esa cantidad, 18 leyes no han sido creadas y 53 necesitan urgente actualización (adecuación).

Al ofrecer la información, el exdiputado Henry Merán, encargado de Asuntos Legislativos de Fuerza del Pueblo (FP), ponderó que estuvo a cargo de ese levantamiento, el cual arrojó los resultados señalados.

Las leyes que aún no han sido creadas son: ley sobre derechos de participación ciudadana y mecanismos de control social (referendo y plebiscitos-artículos 22, 203, 210 y 272 de la Constitución); servicio civil o militar obligatorio (artículo 75, numerales 3 y 4 de la Const.); de acceso a la propiedad inmobiliaria titulada (artículo 51, numeral 2, Const.); de antidiscriminación y promoción de igualdad entre las personas (artículo 39, numerales 3, 4 y 5, Const.); y de garantías para denunciantes de faltas cometidas por funcionarios públicos (artículo 22, numeral 5, Const.).

También, ley de unión marital de hecho (artículo 55, numeral 5 de la Carta Magna); de fiscalización y control del Congreso Nacional (artículos 115 y 246 Const.); cambio climático (artículo 66 y 93, numeral 1, letra c, Const.); y que regula el ejercicio de derechos económicos y sociales de la población de menos ingreso (artículo 61, numeral 2, Const.).

De igual manera, hace falta la ley que regula la concesión de honores a ciudadanos y ciudadanas (artículo 93, numeral 1, letra n de la Ley Suprema); que regula la concesión de amnistía a ciudadanos y ciudadanas por políticas (artículo 93, numeral 1, letra p, Const.); sobre la racionalidad de gasto público (artículo 75, numeral 6, Const.); sobre armas químicas, biológicas, nucleares y agroquímicos vedados (artículo 67, numeral 2, Const.); y para creación de monopolio en favor del Estado (artículo 50, numeral 1, Const.).

Además, ley que regula las peticiones ciudadanas a los poderes públicos (artículo 22, numeral 4 de la Ley Sustantiva); de aprovechamiento de recursos naturales e inversión preferente de recursos procedentes de su explotación (artículo 17, numeral 4 de la Const.); que regula la gestión y el acceso de los particulares a los ríos, lagos, lagunas, playas y costas de la República Dominicana (artículo 15. Párrafo, Const.); y para creación de monopolio en favor del Estado (artículo 50, numeral 1, Const.).

Código Penal entre leyes que necesitan actualización

Entre las legislaciones que necesitan actualización de la Carga Magna de 2010 destacan: la reforma al Código Penal (artículos de la Constitución: 23, 24, 44, numeral 4 y 75); Código Civil (aplican los mismos artículos); Código de Procedimiento Civil (artículos 10 numeral 2, 47 y 55 numerales 4,5 y 9, Const.); Código Procesal Penal, Código de Comercio de la República Dominicana; las leyes de Seguridad Social y de Agua, entre otras piezas.

Promulgadas en cuatrienio

Entre las leyes complementarias de la Constitución de 2010 promulgadas en el presente cuatrienio (2020-2024) que no habían sido creadas, se destaca la Ley que crea el Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (Ley 160-21, promulgada 3 de agosto de 2021- artículo 59 de la Constitución); Orgánica de Regiones Únicas de Planificación de la República Dominicana (Ley 345-22, promulgada el 2 de agosto de 2022-artículos 12, 196 y 197, Const.); Ley General de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos (Ley 225-20, promulgada el 2 de octubre de 2020- artículo 17, numeral 3; y 67, numeral 1, Const.
); y de Extinción de Dominio (Ley 340-22, promulgada el 29 de julio de 2022- artículo 51, numeral 6, Const.).

Primer levantamiento arrojó 175 leyes expresas y 47 tácitas

El dirigente político Henry Merán fue el encargado de la comisión especial de diputados designada en el año 2017 para actualizar y unificar las relaciones de leyes complementarias, sistematizar los contenidos y especificar el tipo de reserva que hay en la Carta Magna (expresa o tácita).

El 30 de octubre de ese año, Rubén Maldonado, presidente de la Cámara Baja, juramentó a una comisión de juristas que también trabajaría con dichas leyes. El equipo estaba coordinado por Rafael Alburquerque, vicepresidente de la República en ese momento.

De acuerdo con los archivos, el equipo de legisladores aprobó un plan de trabajo integral para desarrollar las tareas que le fueron encomendadas, y reportaron 222 reservas de ley: 175 expresas y 47 tácitas. De todas, había 114 aprobadas y 108 pendientes (40 por crear y 68 por adecuar, dos de ellas de facultad exclusiva del presidente de la República, que en ese entonces era Danilo Medina).

Las leyes exclusivas del Poder Ejecutivo son la legislación relativa a la seguridad y defensa (artículos 258 y 261 de la Constitución); y sobre servicio público (artículo 147, numerales 2 y 3, Const. ).

La comisión especial recomendó al Congreso priorizar 18 iniciativas de las 108 pendientes, logrando evacuar la Ley del Régimen Electoral; de Ordenamiento Territorial; y la de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos (que debe ser actualizada).

Ray Guevara confirma “la deuda” legislativa

En su reciente entrevista en Despierta con CDN, el pasado 27 de junio, el presidente emérito del Tribunal Constitucional (TC), Milton Ray Guevara, confirmó que son 71 las leyes complementarias de la Constitución que adeuda el Congreso.

En noviembre de 2022, el destacado jurista dijo que esas legislaciones son esenciales, porque son las que aumentan “las garras” de la Ley Suprema, la cual las necesita. En ese sentido, instó a los senadores y diputados a sancionar esas piezas.

Recordó al Congreso las leyes que aún faltan

Al acudir ante el Congreso Nacional el pasado 14 de junio a rendir cuentas de su tercer año de gestión como el Defensor del Pueblo, Pablo Ulloa aprovechó para recordarles a los legisladores la deuda que tienen con la República Dominicana en relación con las leyes que manda a crear y modificar el Texto Supremo de 2010. Destacó que hay 71 piezas en espera.

El representante de la entidad garante los derechos fundamentales de los ciudadanos se dirigió a los presidentes de las cámaras parlamentarias y les exhortó a que sean garantes de las conquistas logradas por el pueblo dominicano en la Carga Magna, y que promuevan el diálogo en libertad, para llevar la mentalidad de cambio a nuevos ámbitos.

El pasado 25 de enero el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, prometió que “en su momento” designaría una comisión de especialistas, como se hizo en el año 2017, para que haga un levantamiento de cuántas leyes de las que ordena la Carta Magna faltan por ser creadas y evacuadas.

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