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Indotel insta a usuarios a usar su derecho ante las prestadoras de servicios de telecomunicaciones

Santo Domingo.-El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) a través de la Gerencia de Protección al Usuario, instó a los clientes a utilizar su derecho de reclamación ante un mal servicio de las empresas de telecomunicaciones que operan en el país.

El Departamento de Orientación y Supervisión del Usuario, a cargo de Lin Coss y de su coordinadora Ana Irma Olivo, respetivamente, dijeron que en el marco de una jornada de orientación al público, por orden del presidente del Indotel, José del Castillo Saviñón, tienen como propósito principal informar a los usuarios sobre los derechos y deberes que les corresponden cuando sufren una avería, así como enterarlos del proceso que se debe seguir para aplicar el crédito por parte de las prestadoras.

En ese contexto, exhortaron a éstos a conocer y enterarse más sobre los derechos y deberes que les corresponden en su relación con las prestadoras.

Durante su participación en el programa AN7 que se transmite por el Canal Antena 7, las funcionarias expresaron que el Presidente del Indotel está siempre empeñado en que se adopten las medidas necesarias para defender a los usuarios de prácticas lesivas.

Manifestaron que las medidas de salvaguarda de los usuarios están contenidas también en el artículo número 77 de la Ley General de Telecomunicaciones 153-98, en el que se establece la “defensa y hacer efectivos los derechos de los clientes, usuarios y prestadores de servicios públicos de telecomunicaciones”.

Explicaron que el Departamento de Orientación al Usuario y Supervisión observa el uso que dan las empresas al espectro radioeléctrico (radio, televisión, telefonía, radiocomunicación, etc.). Dijeron que procuran además de que las prestadoras se ocupen de informar y orientar sobre sus derechos y deberes, garantizando que en el mercado exista una leal y efectiva competencia.

Recordaron que las empresas de telecomunicaciones “están obligadas a cumplir” con las compensaciones en casos de averías, advirtiendo a éstas que “deben tomar en cuenta que el cobro de un servicio no prestado constituye una falta grave” que será sancionada, conforme a lo establecido por la referida Ley General de Telecomunicaciones.

Destacaron que entre los deberes del usuario está el deber del pago de su factura, así como leer los párrafos de los contratos que firman con las prestadoras.

Indicaron que existe una disposición del Indotel que establece a resaltar las cláusulas que tengan penalidades al usuario en los contratos para facilitar que el consumidor conozca de estas medidas.

Consideraron una prioridad de su Departamento informar al usuario en el sentido de que tiene todo el derecho de reclamar, de saber por qué le fallaron en los servicios contratados con su prestadora.

Reiteraron que el Indotel es el organismo regulador de la calidad de los servicios que ofertan las prestadoras. “En Indotel a través de la Gerencia de Protección al Usuario, tratan casos que ameriten un análisis más detallado, aportando esas informaciones a los departamentos correspondientes logrando con esto normar el servicio que recibe el usuario en pro de salvaguardar sus derechos.”, manifestaron las expertas.

Dijeron que sus reclamos deben de realizarse a la empresa de telecomunicaciones que le ofrece el servicio, anotar su número de reclamación, y una vez recibida la respuesta en caso de no estar de acuerdo, o se haya vencido el plazo otorgado por parte de su prestadora de servicios, entonces puede acudir al Indotel, con el objetivo de buscar una solución viable”, destacaron

“Si en ese tiempo la empresa no da respuesta o no da la solución al caso establecido, entonces interviene el Indotel, con el objetivo de buscar una solución preferiblemente viable para ambas partes”, destacaron.

Sugirieron a los usuarios acceder a las Resoluciones y Reglamentos disponibles en la página web www.indotel.gob.do. También, se pueden comunicar a través del teléfono 809 547 -1000 y entrar a las redes sociales: Facebook: Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones; Twiter e Instagram @INDOTEL.

Informaron que en el caso de interrupción temporal, general o parcial del servicio en la que se afecta a un usuario, el tiempo debe ser mayor a 24 horas para que corresponda el crédito o en su defecto una interrupción por períodos menores en reiteradas ocasiones durante el transcurso de treinta días calendario.

Asimismo, indicaron que hay casos que requieren de una intervención técnica, para lo cual existe en el Indotel la Secretaria de Cuerpos Colegiados, una especie de tribunal compuesto por técnicos en el área de las telecomunicaciones, abogados y economistas.

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