Diputados al Parlacen se definen por el voto senatorial de partidos Yanessi Espinal Yanessi Espinal




Los diputados al Parlacen son propuestos a discreción de cúpulas partidarias en listas cerradas y bloqueadas

De cara a las elecciones del 19 de mayo, el nivel de elección con mayor número de cargos a escoger es el de diputados, 190 puestos en total, conforme está establecido en el artículo 81 de la Constitución. Son 178 por circunscripciones territoriales, cinco nacionales por acumulación de votos, siete de ultramar y 20 al Parlamento Centroamericano (Parlacen).

Para esa cantidad de cargos, compiten mil 664 candidatos. Cada tipo de representante en la Cámara de Diputados, tiene un modo distinto de elección y de presentación de candidaturas por parte de los partidos políticos.

Desde el proceso de selección de los candidatos a lo interno de las organizaciones deben tomar en cuenta la cuota de género 60/40; la de 10% juventud y el 20% de reservas, todos esos porcentajes están establecidos en la Ley 33/18 de Partidos Políticos.

Para instrumentar con rigurosidad lo establecido en las normativas sobre las candidaturas, la JCE antes de la selección de las candidaturas a lo interno de los partidos políticos emitió cuatro resoluciones que versan sobre la aplicación de las cuotas y el orden de los partidos en la boleta electoral.

En el caso de los 20 diputados al Parlacen e igual número de suplentes, la cantidad está establecida en el artículo dos del Tratado de Constitutivo del Parlamento Centroamericano y establece que la elección es mediante el sufragio universal, directo y secreto.

Sin embargo, la ley 20/23 del régimen Electoral en el párrafo del artículo 96 establece que las curules se asignarán a los partidos por la acumulación del voto senatorial.

“Los representantes ante parlamentos internacionales, serán electos a través de la fórmula de representación proporcional denominada D’Hondt, en listas cerradas y bloqueadas, de conformidad con el total de los votos válidos obtenidos individualmente por las organizaciones políticas en el nivel de senadores”, estipula la legislación electoral.

El método de D’Hondt consiste en sumar a cada partido los votos obtenidos y en función de eso se establece la proporción de los 20 diputados que le corresponde. Luego de eso, los candidatos beneficiados se establecen en función del número asignado en la lista sometida por las organizaciones políticas.

Para el caso específico de los 20 puestos del Parlacen y sus suplentes, aspiran 182 ciudadanos. En el caso del Partido Revolucionario Moderno (PRM) los primeros doce puestos fueron cedidos a los dirigentes de los partidos aliados y lo propio hizo la Fuerza del Pueblo.

En el caso del PLD los puestos fueron reservados para miembros de la cúpula encabezados por Rubén Bichara y Margarita Cedeño.

Diputado nacional

Aunque el espíritu de la creación de la figura del diputado nacional tiene por objetivo que las organizaciones emergentes logren representación en el Congreso, en la práctica solo Alianza País ha pasado el umbral del 1% de los votos y por ende, le corresponde un diputado.

La ley privilegia la asignación de los escaños de diputado nacional a los paridos que no lograron representación pero alcanzan el 1% o más de los votos válidos emitidos en el nivel de diputados. Para las elecciones del 19 de mayo se inscribieron 59 aspirantes para las cinco plazas de diputados nacionales.

El artículo 296 de la Ley 20/23 en su numeral segundo, establece que la lista de candidatos a diputados nacionales son bloqueadas y cerradas.

“Las listas que contengan los candidatos y candidatas a la diputación nacional por acumulación de votos serán cerradas y bloqueadas; en ese sentido, los electores, al votar en el recuadro de un partido, agrupación o movimiento político en la boleta del nivel de diputados escogerán dichos representantes, según el orden en que fueron presentados en la lista”, explica la Ley.

En el caso de los partidos FP y PRM, esas plazas fueron cedidas en las alianzas, mientras que el PLD repitió a Radhamés Camacho e incluyó a Danilo Díaz.

En el caso de los siete diputados de ultramar para el proceso de selección a lo interno de los partidos y luego para la asignación de los escaños, se sigue la misma dinámica de los diputados por circunscripciones territoriales y con base en el voto preferencial.

En el exterior hay tres circunscripciones. La circunscripción uno tiene tres diputados y abarca a Montreal y Toronto, en Canadá, y a Nueva York, Massachusetts, Rhode Island, Nueva Jersey, Pensilvania, Washington DC y Connecticut, en los Estados Unidos.

A la dos, le corresponden dos diputados y abarca a Curazao, Miami (Estados Unidos), Panamá, San Juan (Puerto Rico), San Martin y Caracas (Venezuela).

La tercera, también con dos diputados está constituida por Madrid y Barcelona, en España; Ámsterdam en Holanda; Milán en Italia y Zurich, en Suiza.

Voto preferencial y el método de D’Hondt

Para el escrutinio y asignación de los escaños para las tres modalidades de diputados que existen, se usa el método de D’Hondt, un mecanismo para asignar el número de diputados que les corresponde a los partidos políticos en función de los votos acumulados en el caso de los diputados nacionales, del Parlacen y por circunscripciones territoriales. Luego de agotado ese proceso, la JCE tiene que definir los ganadores en los casos de las circunscripciones territoriales con base en el voto preferencial.

 El sufragio preferente se refiere a los candidatos más votados dentro de los propios partidos. El voto preferencial figura en la ley 157/13 que establece el voto preferente para los cargos plurinominales como es el caso de los diputados. Para confeccionar el orden de los candidatos en la boleta la JCE y los partidos políticos lo hacen sobre la base del orden alfabético de los apellidos de los postulados por los partidos políticos.


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