Embargos en cuentas bancarias: ¡Pronto se acabará el abuso sin cumplir con la ley!
La República Dominicana está cerca de experimentar un cambio significativo en el manejo de los embargos retentivos, gracias a un proyecto de ley introducido por la exsenadora Faride Raful. Este proyecto, aprobado en primera lectura por el Senado, busca regular y restringir el uso de embargos retentivos, un procedimiento que, hasta ahora, ha sido utilizado de manera abusiva por algunos acreedores para bloquear cuentas bancarias sin los debidos procesos legales.
El embargo retentivo es una medida que permite a un acreedor inmovilizar bienes o sumas de dinero de un deudor que se encuentran en posesión de un tercero, comúnmente una entidad bancaria. Aunque esta herramienta es útil para garantizar el cumplimiento de deudas, la falta de regulación específica ha permitido que se convierta en un arma de doble filo, utilizada para presionar a los deudores de manera desproporcionada y, en algunos casos, sin un título válido.
Desde la columna La Banca Dominicana por Dentro, publicada el 3 de marzo de 2024, se había dado la voz de alerta sobre las cifras alarmantes de embargos de cuentas bancarias en la República Dominicana y se plantearon propuestas clave para enfrentar este problema. La columna destacó que la Superintendencia de Bancos había revelado que en 2023, más de 157 mil cuentas fueron embargadas en 28 entidades financieras, con depósitos congelados que superaron los RD$26,600 millones mensuales. Estas cifras son alarmantes, afectando a más de 100,000 personas, equivalente al 1% de la población dominicana.
La columna también advirtió sobre los tipos de abusos que se estaban cometiendo, como la congelación de cuentas sin notificación previa y el embargo de cuentas de nómina, a pesar de que la Constitución y el Código Laboral protegen estos salarios. Ante esta situación, se propuso que la Superintendencia de Bancos y el Congreso de la República actuaran para regular esta práctica y proteger a los ciudadanos.
Además, se sugirió la creación de un nuevo tipo de cuenta de nómina que no pueda ser embargada, y se resaltó la necesidad de supervisar la venta de carteras de crédito a empresas de cobros compulsivos, exigiendo un código de ética que respete los derechos fundamentales de los deudores. La columna hizo un llamado al Defensor del Pueblo para que se involucrara en la defensa de los afectados, subrayando la responsabilidad civil de los abogados, acreedores y terceros que participen en embargos que violen las disposiciones legales, obligándolos a resarcir los daños causados.
Entre los abusos más comunes que se han identificado con el uso de embargos retentivos se encuentran la congelación de cuentas bancarias sin una notificación previa al deudor, lo que deja a la persona o empresa afectada sin acceso a sus fondos de manera inesperada y sin tiempo para tomar medidas legales. Además, se han documentado casos donde se han embargado cantidades mucho mayores a la deuda real, lo que genera una asfixia económica innecesaria. Otro abuso frecuente es la repetición del embargo por la misma deuda en diferentes cuentas, multiplicando el daño al deudor.
La iniciativa de Raful tiene como objetivo corregir estas prácticas, estableciendo procedimientos más claros y justos. Entre los puntos clave del proyecto de ley se encuentra la obligación de presentar pruebas suficientes antes de ejecutar un embargo, así como la imposición de sanciones a quienes utilicen este recurso de manera temeraria. Además, se busca proteger a los deudores de embargos injustificados y evitar que se abuse de esta herramienta sin cumplir con los requisitos legales necesarios.
El proyecto de ley también introduce responsabilidad civil para los abogados, acreedores y terceros que participen en embargos retentivos violando las disposiciones establecidas. Esto significa que, en caso de que se demuestre que un embargo fue solicitado o ejecutado sin el debido fundamento legal, estos actores podrán ser obligados a resarcir los daños causados al deudor, incluyendo los costos legales, daños morales, y cualquier perjuicio económico derivado de la inmovilización indebida de bienes. Esta medida busca disuadir el uso arbitrario de los embargos y garantizar que se utilicen únicamente en situaciones que verdaderamente lo ameriten.
La importancia de esta legislación radica en su potencial para equilibrar la balanza entre acreedores y deudores, asegurando que los derechos de ambas partes sean respetados y que se evite el uso arbitrario de embargos que puedan paralizar las operaciones financieras de personas y empresas sin un debido proceso. Con la aprobación final de esta ley, los dominicanos podrían estar ante el fin de los abusos en los embargos bancarios, logrando una mayor transparencia y justicia en los procedimientos legales relacionados con las deudas
***
Tu Consultorio Financiero es una columna desarrollada por Jesús Geraldo Martínez sobre finanzas personales, para orientar a las personas con conocimientos básicos en finanzas y economía a mejorar su entendimiento. Para consultar con el autor puede escribir al correo jesusgeraldo@tuconsultoriofinanciero.com, o en Instagram @Jesusgeraldomartinez.
Por Jesús Geraldo Martínez-
ACENTO.COM
No hay comentarios