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Proponen estudiar juntos los códigos Procesal y Penal


La declaratoria de inconstitucionalidad de Ley 10-15, que establece modificaciones al Código Procesal Penal de la República Dominicana, da la oportunidad al país y al Congreso Nacional de estudiar, adecuar y aprobar en un año esa legislación junto al Código Penal.

La opinión es de Francisco Álvarez Martínez, especialista en Derecho Penal, quien considera que en ninguna nación “que se respete” se debe estudiar separado lo sustantivo de lo procesal.

Convencido que la discusión en conjunto es muy importante, porque los dos códigos tienen un lenguaje distinto, señaló que el Código Penal que “rueda” en el Congreso se creó con un lenguaje más moderno que el de la Ley 10-15, el cual tira al Derecho Administrativo. Un ejemplo de ello, según ponderó, son las formas en que se identifican las infracciones.

“Eso-la sentencia del TC- es algo que yo creo que cayó del cielo (…), como sociedad tenemos la oportunidad de discutir lado a lado el Código Penal y el Código Procesal Penal”, propuso el jurista ayer en el programa Despierta con CDN.

El Tribunal Constitucional (TC) falló en contra de la Ley 10-15, la cual introduce cambios a la Ley 76-02, promulgada en 2002, que establece el Código Procesal Penal. La alta corte dio un plazo de un año al Congreso Nacional para que vuelva a someter y evacuar la norma, ya que de lo contrario, los 111 artículos de la atacada ley serían suprimidos y se volvería al marco legal de hace 22 años. El senador Félix Bautista reintrodujo la legislación el pasado 11 de diciembre, a fin de salvarla.

En su sentencia, el órgano extrapoder señala que la inconstitucionalidad de la referida ley se debe a vicios de forma detectados en su procedimiento de aprobación, por ser sancionada únicamente por el Senado sin la ratificación de la Cámara de Diputados.

Para Álvarez Martínez, un año es suficiente para que los senadores y diputados hagan las enmiendas al Código Procesal Penal y evacuen la reforma del controversial Código Penal, pues si hay voluntad política, “eso se hace en dos meses”.

“Entonces, si tú tienes dos normas: una que es sustantiva, que te dice cómo son las cosas; y otra que te rige cómo suceden esas cosas, y no hablan el mismo lenguaje, se le está dando al juez que eventualmente vaya a procesar un caso, una capacidad increíblemente grave de interpretación por necesidad de concatenar lo que dice la ley, entre comillas, con lo que dice el proceso”, subrayó.

Enmiendas al CPP

En referencia a la iniciativa sometida por Bautista, el jurista no recomienda refrendarlo tal y está concebido, sin tener discusiones relevantes como, por ejemplo, la duración máxima del proceso penal.

De acuerdo al abogado, si el Congreso sancionada la legislación con la urgencia que plantea el senador por San Juan, se perdería la oportunidad de la discusión, que al final se va traducir a calidad de vida para todo el país y lo aprobado quedará para los próximos 10 o 15 años.

“Si mañana es aprobada otra vez la Ley 10-15, el país estaría en la misma situación, ya que (continuarán) todos los problemas que hay con la prisión preventiva; con los poderes que tiene el juez de la ejecución de la pena, de aplicar medidas alternativas, por ejemplo, en casos de drogas, que es algo que se utiliza mucho.

Código Penal rumbo a perimir

El 12 de enero de 2025 perimiría, una vez más, el proyecto de reforma del Código Penal, después de ser aprobado en el Senado y en primera lectura en la Cámara de Diputados, donde fue enviado a comisión para ser modificado.

Podría generar traumas en procesos abiertos

Francisco Álvarez Martínez, tras reiterar que el Tribunal Constitucional da una vigencia de un año a la Ley 10-15, para que en ese tiempo el Congreso enmiende el “error” procedimental, dijo que en esos 365 días nada cambia en teoría. Sin embargo, advirtió que en algunos casos abogados de la defensa podrían comenzar a presentar solicitudes particulares de inconstitucionalidad.

Comentó que en derecho eso se puede hacer frente al TC, para atacar la norma y eliminarla del sistema legislativo, “o caso a caso, que en teoría solo te afecta para ese caso”.

“Si yo veo que el TC dice que esa ley es inconstitucional, yo, en mi proceso, voy a decir: ´magistrado, esa ley es inconstitucional´, y hay que ver cómo eso se va manejar, porque ya el TC se refirió. Entonces, en teoría nada cambia, pero en la práctica eso es una gran herramienta para los actores en un proceso penal, donde van a poder comenzar a deducir algún tipo de sanción en contra de esa ley que le beneficie en el caso…, ese es el gran trauma de ese tipo de situaciones”, argumentó.

La inconstitucionalidad de la Ley 10-15 elimina 111 de los 449 artículos del Código Procesal Penal.

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